19
dic-2023
Tras la reciente "reactivación" del Impuesto sobre el Patrimonio que ha realizado la Comunidad de Madrid, a fin de que la recaudación del actual Impuesto sobre las Grandes Fortunas se quede en las arcas madrileñas y no vaya al Gobierno central, se puede dar por concluida la primera etapa de la mal llamada "armonización fiscal". De hecho, se ha anunciado la intención de Hacienda de que, una vez que se ha conseguido la "reactivación" de Patrimonio por las autonomías "rebeldes", y dado que, entonces, el Impuesto sobre las Grandes Fortunas ya no tendría sentido, desactivar el mismo, pero dejándolo listo por si hay que volver a reactivarlo.
Una vez concluida esta etapa, las intenciones del Ejecutivo eran profundizar en esta "armonización" continuando con el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, pero ¿es esto factible? En este caso, al igual que ha ocurrido con el Impuesto sobre el Patrimonio y en el de las Grandes Fortunas, en el cual las Haciendas Forales han podido articular estos en base a sus competencias forales de una forma menos gravosa que los estatales, nos encontramos con que en el País Vasco el tratamiento fiscal en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es muy similar al que actualmente tiene la Comunidad de Madrid (y otras que han modificado su legislación recientemente), de forma que las herencias y donaciones directas entre cónyuges, ascendientes y descendientes directos sólo son gravadas de forma muy leve, a diferencia de otras Comunidades Autónomas, las cuales gravan estos hechos imponibles de forma mucho más intensa.
Por lo anterior, ¿se podría justificar el obligar a subir estos Impuestos a ciertas Comunidades Autónomas, dejando, en cambio, a las Comunidades Forales que mantengan estos sin cambios?.
De todo ello, nos habla en profundidad nuestro compañero David Álvarez en este artículo que publica Expansión.