15
ene-2024
Muchas veces nos surgen oportunidades de inversión en las que se nos ofrece la posibilidad de comprar empresas, adquirir negocios existentes e incluso relanzar empresas que por diversas razones no llegaron a consolidarse.
Como parte de este proceso de inversión, los compradores o inversores suelen intentar minimizar los riesgos de las transacciones mediante due diligence.
Sin embargo y a pesar de las pertinentes comprobaciones, la responsabilidad tributaria del comprador no se limita al momento de la inversión o adquisición de una empresa o negocio, sino que la Administración Tributaria puede considerar a esa persona responsable solidario de las deudas tributarias adquiridas por el propietario anterior.
Pero lo que no todo el mundo sabe es que la propia Ley General Tributaria prevé un mecanismo que tiene como objetivo limitar la responsabilidad del comprador mediante la emisión de los denominados certificados de sucesión empresarial.
De ello nos habla nuestro compañero Pablo Mateos en este artículo que hoy publica para Legal Today y que por su innegable interés ahora les acompañamos.