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ene-2020
Sin llegar a los extremos de Lucrecia, que en tiempos de los romanos tuvo que quitarse la vida a fin de probar su inocencia, es cierto que a día de hoy a veces nos encontramos con casos en los que hacienda partiendo de un solo dato, considera ya la existencia de un riesgo fiscal, y el inicio de una comprobación que deriva en la mayoría de los casos, en una liquidación, aun cuando el contribuyente aporte elementos de prueba suficientes para acreditar la realidad de los hechos declarados.
Así, por ejemplo, en pasado mayo Hacienda remitió a determinados contribuyentes cartas informando de que se había apreciado la existencia de diferencias entre sus datos declarados y los que correspondían al sector económico y segmento de contribuyentes equiparables, y que, de persistir dichas inconsistencias, el riesgo fiscal que estas representan podría dar lugar a procedimientos de control tributario.
En concreto a uno de nuestros clientes recientemente le inspeccionaron por el simple hecho de que su sociedad había dado en un ejercicio un resultado inferior a la media de las sociedades de su sector.
¿Qué debemos de hacer ante semejantes injusticias? ¿Cómo probar nuestra inocencia? De todo ello nos habla nuestro compañero Antonio Ubera en este artículo que hoy publica para Legal Today.