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oct-2021
Recientemente se hacía público que entidades como Naturgy, el Banco Santander, Suez Spain, Cirsa y MRW habían impugnado la Orden Ministerial HAC/560/2021, por la que se aprobaban los modelos de autoliquidación para el Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2020. Mediante esta impugnación se pretende discutir, indirectamente, la inconstitucionalidad del Real Decreto-ley 3/2016. Este Real Decreto-ley introducía dos aspectos fundamentales en el Impuesto sobre Sociedades: la limitación a la compensación de bases imponibles negativas y la reversión obligatoria por quintas partes de los deterioros de cartera deducibles.
Esta estrategia de impugnación de modelos tributarios se viene sucediendo desde el año 2016, que fue el primer año en que estas medidas fueron de aplicación. En caso de que el RD-l 3/2016 se declarase inconstitucional, los contribuyentes podrían solicitar la devolución de los importes pagados de más a consecuencia de las medias introducidas.
Lo trascendental en este procedimiento es determinar si impugnando los modelos es posible obtener estos importes abonados en exceso sin rectificar las autoliquidaciones presentadas y, por tanto, sin interrumpir el plazo de prescripción de la facultad de la Administración de comprobar, que originariamente es de 4 años. Si esto no fuera posible, quedaría la vía tradicional, consistente en solicitar ingresos indebidos por los ejercicios que no se encontraran prescritos.
Estaremos atentos al resultado del procedimiento y de las consecuencias que del mismo puedan derivarse.
Larrauri & Martí abogados
30-10-2024 / articulos
Procesal y Arbitraje, Mercantil
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