02
jun-2021
En el BOE del 20 de mayo se ha publicado la Recomendación 2021/801 de la Comisión Europea que recomienda a los Estados Miembros que establezcan medidas que permitan a las empresas trasladar las pérdidas de 2020 y, en su caso, 2021 a ejercicios anteriores en los que obtuvieron beneficios a fin de que les sean devueltos los impuestos que pagaron.
Estas medidas supondrían una merma recaudatoria ahora pero, al compensar pérdidas ahora que ya no podrán ser compensadas en el futuro, en realidad supone que ahora les devolverán impuestos y que en el futuro pagarán más. Es, por tanto, una medida de ayuda temporal.
Lógicamente, se pone la condición de que las empresas a las que les sean de aplicación de estas medidas sean empresas rentables, esto es, que hayan tenido beneficios en ejercicios anteriores al 2020 y se recomienda limitar el importe de pérdidas trasladables a 3 millones de euros.
En esta misma línea de la Comisión, las Diputaciones Forales vascas ya han tomado medidas similares en este sentido, las cuales han tenido un indudable efecto positivo inmediato para empresarios y autónomos vascos en forma de inyección de liquidez cuando más lo necesitan. Por parte del Gobierno Central aún se está a la espera de la adopción de medidas similares.
De todo esto, nos habla en más detalle nuestro compañero David Álvarez en este artículo que publica CONFILEGAL.
17-12-2024 / noticias