19
jul-2021
En una reciente Sentencia, el Tribunal Superior de Justicia de Valencia ha reconocido el derecho de una contribuyente a compensar las pérdidas pendientes de compensación en el IRPF que tenía su madre en el momento de su fallecimiento. La Administración Tributaria argumentaba que únicamente las obligaciones tributarias pendientes se transmiten a los herederos, y, no siendo las pérdidas patrimoniales no compensadas una obligación tributaria, estas no son transmisibles mortis causa, pero el tribunal considera esta limitación demasiado restrictiva y, en base a lo dispuesto en el Código Civil, estima que, dado que la herencia necesariamente debe comprender todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona, no se extingan con su muerte, subrogándose en idéntica situación jurídica que la fallecida.
Sobre esta Sentencia y las implicaciones que se desprenderían en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de extenderse el criterio contenido en la misma nos habla en detalle nuestro compañero David Álvarez en este artículo que publica Legal Today.