20

may-2022

¿Debemos considerar que el valor de adquisición de unas acciones a efectos del IRPF es cero si desconocemos el mismo?

Ahora que estamos en plena campaña de renta, muchos contribuyentes, a la hora de declarar la ganancia patrimonial derivada de la venta de las acciones, descubren que desconocen el valor y fecha de adquisición de los mismos por provenir estos de ejercicios antiguos o de carteras de valores que históricamente se han trasladado de una entidad financiera a otra (en muchos caso, por simples fusiones entre entidades), no conservando en sus registros estas entidades financieras los valores de adquisición y la antigüedad de dichos valores.
 
Ante la falta de dicha información, la postura de la Dirección General de Tributos (DGT) ha sido taxativa al respecto, considerando que, en ese caso, se debe considerar que el valor de adquisición es nulo, teniendo en cuenta, eso sí, que el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) matizó está postura diferenciando si la adquisición de las participaciones había sido a título lucrativo (herencia, donación) u oneroso, estableciendo que, en caso de que fuera a título lucrativo, el valor de adquisición debía ser el real a la fecha de adquisición.
 
Pero, ¿qué ocurre en el caso de que las participaciones fueran adquiridas de forma onerosa? A este respecto, el Tribunal Superior de Justicia de Valencia (TSJV) ha establecido en una sentencia que la Administración tributaria no puede trasladar la carga de prueba en su integridad al contribuyente, ya que, al considerar el Tribunal que razonablemente debe existir un valor de adquisición distinto de cero, esta debe motivar adecuadamente porque considera que dicho valor es cero, debiendo acreditarse en cualquier caso que se ha actuado con la diligencia debida para conocer dicho valor (por ejemplo, requiriendo a las entidades financieras). En caso contrario, procede la anulación de la liquidación practicada.
 
De todo ello, nos habla más en profundidad nuestro compañero David Álvarez en este artículo que publica Legal Today.

Fiscal

Compartir

Otros artículos interesantes

Solicite una cita en cualquiera de nuestros despachos de Madrid, Bilbao y Málaga, nuestros abogados especializados le informarán

Contacta con nosotros

Para cualquier consulta estamos a su disposición a través de este formulario.

Te informamos que los datos que nos facilites serán tratados por Larrauri & Martí Abogados, S.L.P. con la finalidad de atender y responder las consultas solicitadas por el Interesado. La base de legitimación de dichos tratamientos es el consentimiento. En ningún caso se cederán datos a terceros, salvo obligación legal. Puedes acceder, rectificar y suprimir tus datos, así como ejercer otros derechos, como se explica en la información adicional. Puedes conocer más en detalle el uso que hacemos de tus datos accediendo a nuestra política de privacidad

Code*

Suscríbete a nuestra Newsletter Te mantenemos informado

Te informamos que los datos que nos facilites serán tratados por Larrauri & Martí Abogados, S.L.P. con la finalidad de recibir nuestras novedades. La base de legitimación del tratamiento es el consentimiento otorgado por el usuario. En ningún caso se cederán datos a terceros, salvo obligación legal. Puedes acceder, rectificar y suprimir tus datos, así como ejercer otros derechos, como se explica en la información adicional. Puedes conocer más en detalle el uso que hacemos de tus datos accediendo a nuestra Política de Privacidad.

Estamos muy cerca de ti

Madrid
Bilbao
Málaga