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ago-2019
La tecnología Blockchain se pretende utilizar principalmente en el sector financiero, pero también se prueba en otros como el alimentario, la moda, la salud, incluso en el ámbito de la propiedad industrial e intelectual como ha sido el caso de IBM, KPMG, MERCK y WALMART.
Pero la pregunta que nosotros como juristas nos hacemos hoy es ¿qué validez jurídica puede tener el Blockchain como prueba ante los tribunales?
En este artículo, nuestros compañeros de Cysae analizan cómo en otras partes del mundo se está tratando el tema, para finalmente concluir en España, nada impide que la tecnología Blockchain pueda admitirse como medio de prueba, si bien es cierto que, a día de hoy su valor probatorio se deja a la discreción del juez en cuestión, como ocurre con cualquier otra prueba.
Por el momento no existe jurisprudencia que ampare que el hash generado garantiza la inalteración de la información, extremo que deberá ser acreditado por un perito tal y como se establece en los arts. 335 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Os invitamos a que lo veáis con más detalle en el artículo que ahora os acompañamos.