06
sep-2022
Históricamente, Gibraltar ha sido considerado siempre por la Agencia Tributaria como un paraíso fiscal, con todas las implicaciones fiscales que ello conllevaba, siendo esta calificación consecuencia de que nunca hubiese existido un acuerdo de información tributaria en vigor entre Gibraltar y España.
Esta circunstancia cambió con la firma del Acuerdo Internacional en materia de fiscalidad y protección de los intereses financieros entre el Reino de España y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en relación con Gibraltar, hecho ad-referéndum en Madrid y Londres el 4 de marzo de 2019, que entró en vigor el 4 de marzo de 2021, en adelante Acuerdo Internacional entre España y el Reino Unido (BOE de 13 de marzo de 2021), pero, ¿de ello se ha derivado la salida de Gibraltar de la lista española de paraísos fiscales? Pues, de acuerdo con el criterio de la Dirección General de Tributos, no.
En efecto, y como recuerda en dos recientes consultas, la V1323-22, de 10 de junio de 2022 y la V1310-22, de 9 de junio de 2022, hoy en día, Gibraltar se mantiene en la lista de paraísos fiscales, en la actualidad jurisdicciones no cooperativas, conforme a la Disposición transitoria segunda de la citada Ley 36/2006, que establece:
“En tanto no se determinen por Orden Ministerial los países o territorios que tienen la consideración de jurisdicción no cooperativa, tendrán dicha consideración los países o territorios previstos en el Real Decreto 1080/1991, de 5 de julio, por el que se determinan los países o territorios a que se refieren los artículos 2, apartado 3, número 4, de la Ley 17/1991, de 27 de mayo, de Medidas Fiscales Urgentes, y 62 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991.”.
En consecuencia, la salida de la lista de paraísos fiscales no es automática y, mientras España no modifique el Real Decreto 1080/1991 por el que se creó esta relación para poder excluir a Gibraltar de esta, dicha jurisdicción seguirá teniendo para la Agencia Tributaria la consideración de paraíso fiscal a todos los efectos.
Finalmente, sin perjuicio de lo anterior y en mi opinión, la Administración no puede beneficiarse de su dejadez a este respecto, máxime cuando ha pasado ya un año y medio desde la entrada en vigor del Acuerdo de información tributaria y, por ello y aunque no se haya realizado aún tal modificación, considero que es perfectamente defendible ante cualquier Tribunal que Gibraltar ya no es un paraíso fiscal desde la entrada en vigor de dicho Acuerdo.
David Álvarez. Economista
Larrauri & Martí Abogados
02-12-2024 / articulos