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ene-2019
Cinco son las novedades más relevantes que ha traido la reciente reforma de la Ley de Marcas que entraba en vigor el pasado 14 de enero y nuestro compañero Antonio Vazquez, nos lo cuenta en el presente artículo.
En primer lugar, deja de ser necesaria la representación grafica de la marca para su registro, ampliandose así el concepto de marca, para dar cabida a otro tipo de representaciones holográficas, tridimensionales, olfativas o táctiles.
Además para oponerte a una nueva marca será necesario, que el que se oponga pruebe que la suya se ha venido usando de manera continuada. Si no lo puede demostrar, la oposición será desestimada.
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