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sep-2018
Los consumidores hipotecarios que confían en ver anulado el índice IRPH acaban de encontrar un poderoso aliado en la Comisión Europea (CE). En un informe remitido al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), Bruselas defiende que la cláusula que marca el tipo de interés del crédito será nula si no se comercializó con la debida transparencia, lo que a su juicio incluye la obligación de ofrecer comparativas con otros índices alternativos y proyecciones sobre su posible evolución.
En concreto, el documento de la CE considera ineludible “la obligación para el profesional de explicar al consumidor, antes de la firma del contrato, cómo se configura el tipo de referencia, cuál ha sido la evolución de dicho tipo en el pasado así como su posible evolución futura, comparado con otros tipos empleados en el mercado”. Una condición que pocas veces cumplían las entidades financieras que utilizaban este tipo de referencia, en lugar de la más habitual, el euríbor.
Fuente: Cinco Días. Seguir leyendo
17-12-2024 / noticias