25

mar-2020

Hacienda no demora las obligaciones tributarias, pese a las peticiones de empresarios, autónomos y asesores fiscales

En tiempos de coronavirus, mejor ser empresario en Bilbao que en Madrid

El aplazamiento fiscal que reclama la comunidad empresarial en España no ha llegado pese a la excepcionalidad del momento que se vive por el coronavirus. La situación puede ser muy dura para pymes y autónomos, si no hay un cambio de estrategia del Gobierno en este sentido.

Sin embargo, en algunas Comunidades Autónomas, como Navarra o el País Vasco, sí habrá ese margen de adaptación.

El Confilegal ha consultado a varios expertos entre los que se encuentra nuestro compañero David Álvarez, para la elaboración del este interesante artículo que ahora les acompañamos. En el, todos ven necesario una suspensión temporal de las obligaciones tributarias. Pueden acceder al artículo completo aqui.

Esta es la opinión de nuestro economista David Álvarez:

El estado de alarma en que nos encontramos ha supuesto la paralización obligada en su actividad de numerosos profesionales y empresarios. A las dificultades inherentes a dicha paralización, tanto del punto de vista logístico como económico, se ha sumado que, el día 20 de marzo, todos aquellos contribuyentes obligados a presentar sus autoliquidaciones de IVA y retenciones de forma mensual (grandes empresas e inscritos en el Registro de devolución mensual de IVA) han tenido que presentar estos modelos y todas las declaraciones informativas a las que estén obligados, sin que la administración tributaria estatal haya tenido la menor empatía por las dificultades lógicas y esperables que esto ha supuesto en la actual situación, con la excepción de las facilidades que se les han dado a profesionales autónomos y Pymes de solicitar aplazamientos sin garantía de las deudas derivadas de estos modelos a seis meses, no devengándose intereses de demora por los tres primeros meses, siempre y cuando las deudas que el contribuyente mantenga en conjunto para con la Administración no superen los 30.000 € en conjunto.

Lamentablemente, también en este aspecto se ha quebrado el principio de igualdad, puesto que las cuatro Haciendas forales, una por cada provincia vasca, y una para la Comunidad Foral de Navarra, han tomado medidas que han ampliado y superado a las adoptadas por la Administración Tributaria central.

En primer lugar y al contrario que la Administración central, todas las Haciendas Forales han permitido retrasar la presentación de las autoliquidaciones y Modelos correspondientes al mes de febrero, dando oxígeno a las empresas para que puedan reorganizarse y adaptarse a la nueva situación. En concreto, Bizkaia ha alargado el plazo de presentación hasta el 14 de abril, Álava hasta 12 días naturales a contar a partir de acabe el estado de alarma (o en su caso, las prórrogas del referido estado), Navarra hasta el 30 de abril, etc.

Asimismo, varias de ellas ya han aprobado (o tienen previsto aprobar) ampliaciones al plazo previsto para la presentación de pagos fraccionados y autoliquidaciones de IVA y retenciones correspondientes al mes de marzo y primer trimestre del 2020, y que deben presentarse en territorio común antes del 20 de abril. Por ejemplo, Navarra ya lo ha retrasado hasta el 30 de abril y, en Álava, el plazo de presentación e ingreso de las autoliquidaciones correspondientes al mes de marzo se ha extendido durante los 25 días naturales siguientes al momento en que cese el estado de alarma o, en su caso, las prórrogas del referido estado y el de las autoliquidaciones correspondientes al primer trimestre de 2020 hasta el 1 de junio. De hecho, para el caso de Bizkaia y Álava y con respecto a aquellos contribuyentes del IRPF que realicen actividades económicas, estos no estarán obligadas a presentar e ingresar los pagos fraccionados correspondientes al primer y al segundo trimestre de 2020.

Finalmente, y en lo que a aplazamientos y fraccionamientos de deudas tributarias que se soliciten con motivo de la actual situación extraordinaria en que nos encontramos, en general, las Haciendas forales son también más empáticas con sus contribuyentes. Bizkaia, por ejemplo, ha aprobado un aplazamiento excepcional de las deudas tributarias de autónomos, y pequeñas empresas. En concreto, para las deudas cuyo plazo voluntario de presentación e ingreso finalice entre el 16 de marzo y el 1 de junio de 2020, se podrá solicitar su aplazamiento sin garantía y sin devengo de intereses de demora a nueve meses, no debiendo ingresarse cantidad alguna los tres primeros meses y, luego, se cancelará la deuda mediante el ingreso de seis cuotas de igual importe. Nótese que, no solo la Hacienda Foral no pone límite al importe que se pueda aplazar, sino que permite que sea a nueve meses contra seis de la Administración central y, además, extiende el plazo sin intereses de demora de tres meses a nueves meses.

Por tanto, y ante la evidente desigualdad que todo lo anterior supone para todos aquellos contribuyentes que no dependan de una Hacienda Foral, invito a que la Administración escuche las insistentes peticiones de varios colectivos de empresarios, profesionales, asesores fiscales y gestores en el sentido de que, por parte de la Administración central, se permita ampliar los plazos de presentación de las autoliquidaciones a presentar correspondientes al mes de marzo y del primer trimestre del 2020 y, asimismo, que se flexibilicen los aplazamientos y fraccionamientos en idénticos términos a los que disfrutan los contribuyentes forales y, así, acabar con esta injusticia que, efectivamente, provoca que, actualmente, sea mejor ser empresario en Bilbao que en Madrid.

 

David Álvarez. Economista

Larrauri & Martí Abogados

Fiscal

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