02
jul-2018
Los fondos que han adquirido carteras de créditos fallidos a la banca van a poder recuperar su inversión más rápido a través de la ejecución de las garantías hipotecarias. La Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN) acaba de dictar una importante resolución que recuerda que los notarios tienen facultad para "expedir otra copia con finalidad o fuerza ejecutiva de una escritura pública de préstamo, crédito o cualquier otra operación garantizada con hipoteca sobre una finca registral" cuando el solicitante no la haya obtenido previamente.
Hasta ahora, estos inversores, que tras la adquisición de carteras fallidas se convertían en los nuevos titulares de los créditos, veían obstaculizada su estrategia de recuperación, hasta el punto de que puede dilatarse durante años.
La razón es que los inversores no pueden localizar ni obtener de la entidad financiera que les transmite los créditos una copia de la escritura de hipoteca con efectos ejecutivos, que es la clase de documento que se exige legalmente en España para ejecutar la hipoteca por la vía más ágil y privilegiada, según explica Juan Verdugo, socio del departamento de reestructuraciones e insolvencias de Garrigues, despacho que ha logrado esta resolución.
Fuente: Expansión. Seguir leyendo.
17-12-2024 / noticias