05
abr-2019
El pasado martes nos encontrábamos con una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que resolvía otra vez, cuestiones prejudiciales ya muchas veces planteadas ante el TJUE sobre la misma cláusula: el vencimiento anticipado de las hipotecas.
Las cuestiones que aquí se resuelven son las siguientes: declarada abusiva la cláusula de vencimiento anticipado, ¿debe continuar la ejecución hipotecaria porque el juzgador considera que es más favorable que acudir a la ejecución de un previo procedimiento ordinario? ¿Se puede sustituir una cláusula abusiva de vencimiento anticipado por otra contenida en la normativa nacional?.
El TJUE debe decidir entre la primacía del derecho comunitario o la jerarquía de la estructura judicial española. Y resuelve dando un duro golpe al consumidor ejecutado, pues decide que lo mejor para él es que a pesar de que se declare la nulidad de la ejecución, se continúe con la ejecución. Con ello, los bancos ganan y ya no tendrán que irse a un procedimiento ordinario y quizá vuelvan a incrementarse las ejecuciones hipotecarias.
De todo esto nos habla nuestro compañero José Emilio Marcello de la Peña en este artículo que hoy publica Legal Today.