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oct-2022

Medidas fiscales contenidas en el Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre

Hoy se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre, por el que se aprueban medidas de refuerzo de la protección de los consumidores de energía y de contribución a la reducción del consumo de gas natural en aplicación del «Plan + seguridad para tu energía (+SE)», así como medidas en materia de retribuciones del personal al servicio del sector público y de protección de las personas trabajadoras agrarias eventuales afectadas por la sequía.

Dentro de las disposiciones contenidas en este Real Decreto-Ley, hay dos medidas fiscales que detallamos a continuación:

•    Se amplía al ejercicio 2023 la deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas por la realización en estas de obras de rehabilitación tendentes a la reducción del consumo de calefacción y refrigeración de las viviendas. De esta forma, se dispone de un mayor plazo para poder acometer tales obras que permiten reducir el consumo de energía primaria no renovable o la demanda de calefacción o de refrigeración de estas. A tal efecto se modifica, con efectos desde 1 de enero de 2023, la disposición adicional quincuagésima de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio

•    Se modifica la Ley sobre el Impuesto de Sociedades para permitir amortizar libremente las inversiones realizadas que utilicen energías procedentes de fuentes renovables, esto es, los contribuyentes podrán amortizar libremente las inversiones que se efectúen en instalaciones destinadas al autoconsumo de energía eléctrica, así como aquellas instalaciones para uso térmico de consumo propio, siempre que utilicen energía procedente de fuentes renovables y sustituyan instalaciones que utilicen energía procedente de fuentes no renovables fósiles. La entrada en funcionamiento de las nuevas instalaciones deberá producirse en el año 2023. A tal efecto, se introduce una nueva disposición adicional decimoséptima en la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
 

David Álvarez. Economista
Larrauri & Martí Abogados

Fiscal

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