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abr-2022

¿Deberían tributar los rendimientos de capital inmobiliario como rentas del ahorro?

Dentro del libro blanco para la reforma fiscal, y aparte de las medidas que propugnan subidas fiscales, se incluyen numerosas medidas de mejora de la eficacia, equidad y gestión de recursos de la Administración tributaria. Entre ellos, destaca la propuesta de que los rendimientos procedentes de los alquileres tributen en la Base del ahorro en el IRPF y no en la Base general como tributan hasta ahora. Esta diferencia de tratamiento no tiene justificación más allá de los intereses recaudatorios de la Administración puesto que no existe ninguna razón lógica que haga tributar los rendimientos obtenidos de un capital invertido en acciones, bonos o fondos de forma diferente a los que se obtienen como resultado de invertir capitales en inmuebles para obtener un rendimiento, máxime cuando, en caso de transmisión de los mismos, la ganancia o pérdida patrimonial obtenida sí tributa como renta del ahorro.
 
Asimismo, dicho tratamiento como renta del ahorro ya se aplica en las haciendas forales con respecto a los rendimientos procedentes del arrendamiento de viviendas con unas particularidades que serían sin duda aplicables e interesantes en territorio común. De todo ello, nos habla más en detalle nuestro compañero David Álvarez en este artículo que publica Expansión.

Fiscal

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