03
oct-2018
Los empresarios y profesionales encuadrados en el régimen simplificado del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y aquellos cuya actividad empresarial no tiene carácter mercantil, se verán obligados a la llevanza de libros fiscales -el Libro de inventario y Cuentas Anuales y el Diario para facilitar el control tributario.
Así se establece en el proyecto del real decreto que modifica el Reglamento del IRF en materia de deducciones en la cuota diferencial por circunstancias familiares, obligación de declarar, pagos a cuenta, rentas vitalicias aseguradas y obligaciones registrales, que ultima el Ministerio de Hacienda. En el cuerpo de la noticia se detallan otras novedades fiscales que se van a incluir para el próximo ejercicio del IRPF en dicho Real Decreto y que también son interesantes.
Fuente: El Economista. Seguir leyendo.